GLOSARIO
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO: :
“Se denominan contratos interadministrativos los acuerdos bilaterales celebrados entre dos entidades estatales. Por regla general este tipo de acuerdos, llamados también por un sector de la doctrina como convenios, se caracterizan por ser más que conmutativos, como de colaboración en cuanto que las prestaciones que generan no son opuestas sino que confluyen hacia un mismo resultado querido por las dos entidades” […]I
MUNICIPIO:
“Son organismos de derecho público con capacidad jurídica, titulares de competencias que deben llevarse a cabo dentro de los mandatos de la Constitución y la Ley y que gozan de autonomía para la gestión de sus propios intereses”. […]II
TERRITORIO:
“El territorio como elemento esencial de los municipios determina la extensión de los mismos y, en ese orden de ideas, delimita la porción del Estado en la que las autoridades municipales podrán ejercer competencias. Los intereses municipales y las necesidades locales se establecen de acuerdo con ese ámbito territorial, las políticas públicas se trazan para ser aplicadas en dicho territorio, las autoridades locales se eligen con base en esa circunscripción territorial y las normas de rango municipal tendrán validez solo en ese territorio”. […]III
INHABILIDADES:
“Se refieren a circunstancias de alguna manera imputables al contratista que impiden la celebración de cualquier tipo de contrato estatal por un tiempo determinado” […]IV
INCOMPATIBILIDADES:
“Se predican respecto a la celebración de un contrato circunscrito a una determinada entidad y por un tiempo igualmente señalado en razón a vinculaciones de orden laboral, vínculos de parentesco, vínculos de afecto o de interés” […]V
ANTICIPO:
“Para el Consejo de Estado el anticipo es una retribución que se otorga en contratos de tracto sucesivo antes o paralelamente a la iniciación del contrato, y que va con destinación a cubrir sus costos iniciales. Son recursos que deberán amortizarse en proporción a la ejecución del contrato pues se trata de una especie muy particular de préstamo” […]VI
I. DÁVILA VINUEZA. Luis Guillermo. Régimen Jurídico de la Contratación Estatal. Editorial. Legis Editores SA. Bogotá. Año 2016. Página 494.
II. ROBLEDO SILVA. Paula. La Autonomía Municipal en Colombia. Editorial. Universidad Externado de Colombia. Bogotá. Año 2010. Página 217.
III. Cfr. Ibidem, página. 218.
IV. MATALLANA CAMACHO. Ernesto. Manual de Contratación de la Administración Pública: reforma de la Ley 80 de 1993. Editorial Universidad Externado de Colombia. Bogotá. Año 2015. Página 184.
V. Cfr. Ibidem, página 184.
VI. Cfr. Ibidem, página 921.